¿Necesita canal de denuncias, cumplimiento de IA, o ambos?

Es una de las preguntas que más nos hacen, y con razón: son dos obligaciones legales completamente distintas, con normas, umbrales y objetivos diferentes, y no siempre coinciden en la misma empresa. En este artículo explicamos cada una por separado y le ayudamos a identificar qué necesita realmente la suya.

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El canal de denuncias: Ley 2/2023

El canal de denuncias lo exige la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Su objetivo es dar un cauce seguro y confidencial para que empleados, proveedores u otras personas relacionadas con la organización puedan comunicar irregularidades sin miedo a represalias. La obligación se activa, con carácter general, a partir de 50 trabajadores, con supuestos específicos para entidades del sector público y determinados sectores privados regulados que pueden estar obligados independientemente de su tamaño — consulte Ley 2/2023 para el detalle exacto de su caso.

Un canal de denuncias conforme exige, entre otras cosas, un Responsable del Sistema designado, un procedimiento de gestión de las comunicaciones con plazos legales de acuse y respuesta, confidencialidad reforzada de la identidad del informante, y un libro-registro de las comunicaciones recibidas.

El artículo 4 del Reglamento de IA: sin umbral de tamaño

El artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, en cambio, no fija ningún umbral de tamaño: exige a cualquier proveedor o usuario de sistemas de IA tomar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal, adaptadas al contexto real de uso. Esto significa que afecta exactamente igual a una multinacional que a un autónomo con un solo empleado, si ese negocio usa herramientas como ChatGPT, un chatbot de atención al cliente, o generación de imágenes con IA para su marketing.

Los tres perfiles habituales

En la práctica, con estos dos umbrales tan distintos, nos encontramos con tres perfiles de empresa:

  • Empresa pequeña que usa IA pero no llega a 50 empleados: el ejemplo más habitual hoy en día — una peluquería con un chatbot de citas, una agencia de tres personas que redacta con IA, una tienda online que genera sus imágenes de producto con IA. No tiene obligación de canal de denuncias, pero sí le afecta el artículo 4: solo necesita el Paquete Cumplimiento IA.
  • Empresa grande que no usa IA de forma relevante: por ejemplo, una empresa de 80 empleados en un sector tradicional sin herramientas de IA en sus procesos. Solo necesita el canal de denuncias.
  • Empresa grande que además usa IA: por ejemplo, un despacho profesional de 60 personas que usa asistentes de IA para redactar documentos de clientes. Necesita ambos, y son perfectamente combinables — de hecho, gestionamos los dos con el mismo criterio de sencillez y coste ajustado.

Un error habitual

Un malentendido frecuente es pensar que, si una empresa no está obligada a tener canal de denuncias por su tamaño, tampoco tiene ninguna obligación relacionada con la IA — o al revés, que tener ya un canal de denuncias cubre también las obligaciones de IA. Ninguna de las dos cosas es cierta: son marcos legales independientes, con objetivos y umbrales distintos, y cumplir uno no exime del otro.

Un pequeño cuestionario para orientarse

Si no tiene claro en qué perfil está su empresa, estas tres preguntas ayudan a orientarse:

  • ¿Su empresa tiene 50 o más trabajadores (o está en un sector con obligación específica independiente del tamaño)? Si es que sí, probablemente necesite canal de denuncias.
  • ¿Su empresa usa alguna herramienta de inteligencia artificial —asistentes de texto, chatbots, generación de imágenes o vídeo, herramientas de análisis— de forma habitual? Si es que sí, probablemente necesite el Paquete Cumplimiento IA.
  • ¿Ha respondido «sí» a ambas? Entonces necesita las dos soluciones, y puede contratarlas de forma combinada con nuestro equipo.

Qué pasa si contrata ambos

No hay ningún inconveniente en tener contratados el canal de denuncias y el Paquete Cumplimiento IA a la vez: son servicios independientes, con su propia gestión y sus propios plazos, pero ambos con nuestro mismo equipo detrás. No es obligatorio contratarlos juntos ni existe ninguna penalización por tenerlos por separado — simplemente resulta más cómodo gestionar ambas obligaciones con un único interlocutor si ya conoce cómo trabajamos.

Por qué no basta con «parece que no me afecta»

Es habitual que una empresa pequeña asuma, sin comprobarlo, que ninguna de estas dos normativas la afecta por ser «demasiado pequeña». Con el canal de denuncias esa suposición suele ser correcta si no llega a 50 empleados y no está en un sector con obligación específica. Pero con el artículo 4 del Reglamento de IA, el tamaño no es el criterio: lo es si se usa IA o no. Una empresa de dos personas que usa a diario un asistente de IA para atender a sus clientes está dentro del alcance de la norma exactamente igual que una empresa de 500. La diferencia está en la proporcionalidad de la medida que debe adoptar, no en si tiene o no obligación alguna.

Por eso recomendamos no dar por hecho ninguna de las dos cosas sin comprobarlo: revisar el tamaño real de su plantilla y su sector para el canal de denuncias, y hacer un inventario honesto de qué herramientas de IA usa su equipo en el día a día para el artículo 4. Ese inventario —qué herramienta, quién la usa, para qué, y con qué tipo de datos— es además el primer paso necesario antes de formar a nadie, porque determina qué nivel de formación es proporcional a su caso.

No espere a una inspección o a una denuncia para revisarlo

Tanto el canal de denuncias como la alfabetización en IA son obligaciones que conviene tener resueltas antes de que haga falta, no después. En el caso del canal de denuncias, una comunicación recibida sin tener el canal implantado conforme a la ley puede generar un problema añadido al propio contenido de la denuncia. En el caso de la IA, documentar la formación de su personal con antelación es precisamente lo que le permite acreditar, si alguna vez se le pregunta, que tomó medidas razonables — algo mucho más difícil de reconstruir a posteriori que de hacer con calma cuando todavía no hay ninguna urgencia.

Ante la duda, compruebe gratis en un minuto si su entidad está obligada a tener canal de denuncias. Si después quiere hablar con nosotros, escríbanos y le orientamos sin compromiso.