De la contratación a la puesta en marcha, en cinco pasos. Usted mantiene el control de cada decisión.
1. Diagnóstico exprés
Revisamos con usted el tamaño de su organización, si está o no obligada por la Ley 2/2023, su estructura y los idiomas que necesita. Si no está obligada, puede implantar el canal de forma voluntaria.
2. Configuración del canal
Damos de alta su entidad, generamos su enlace público y código QR, y configuramos los accesos del Responsable del Sistema y, si procede, de su sustituto.
3. Documentación esencial
Le entregamos modelos editables de política, procedimiento e información de privacidad del canal. Son un punto de partida: recomendamos revisión jurídica antes de aprobarlos formalmente en su organización.
4. Designación del Responsable del Sistema
Le guiamos en la designación, la consulta a la representación legal de las personas trabajadoras cuando corresponda, y la comunicación del nombramiento a la autoridad competente dentro del plazo legal aplicable. Si contrata la formación complementaria, incluye titular y sustituto.
5. Puesta en marcha
Difunda el enlace y el código QR de acceso al canal entre su plantilla, personas colaboradoras y terceros relacionados con su actividad, según corresponda a su ámbito de aplicación.
Importante
Tener contratado un software no sustituye la implantación real: la designación efectiva del responsable, la aprobación del procedimiento y la gestión activa del canal siguen siendo responsabilidad de su organización.